noviembre 8, 2024

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Estadísticas de minería en aguas profundas: escenarios posibles Parte II de la 28.ª sesión de la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos

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“A pesar del trabajo detallado realizado hasta la fecha, los problemas entre los estados miembros, incluidos los políticos, ambientales y legales, pueden resultar en el incumplimiento de esta obligación”.

Introducción

La sesión de julio de 2023 de la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos (“la Autoridad”) en Kingston, Jamaica, llega en un momento crítico para la minería en aguas profundas. La Autoridad debe adoptar regulaciones que rijan la fase de explotación de la minería en aguas profundas antes del 9 de julio de 2023, siguiendo la llamada “regla de dos años” de la República de Nauru (“Nauru”) en 2021. Sin embargo, a pesar del trabajo detallado realizado hasta la fecha, las diferencias entre los estados miembros, incluidas las cuestiones políticas, medioambientales y legales, pueden dar lugar a un incumplimiento de esta obligación. Este artículo examina el contexto legal de estas negociaciones, los principales problemas legales que enfrentan los estados miembros y los próximos pasos después de julio.

fondo

La Parte XI de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (“UNCLOS”), leída con la Convención de 1994 sobre la Implementación de la Parte XI (“Convención de 1994”), establece un marco regulatorio que rige la minería en los fondos marinos en el área más allá. Extensión de la Jurisdicción Nacional (“Área”). Bajo este régimen, la Autoridad está obligada a dictar ciertas normas, reglamentos y procedimientos (“RRP”) que rigen diversas actividades realizadas en el área (incluyendo la exploración y explotación de recursos). La exploración y explotación del área sólo puede iniciarse de conformidad con un plan de acción aprobado en forma de contrato con la Autoridad.

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La Autoridad adopta los RRP a través de un proceso que involucra a sus órganos primarios y subsidiarios: la Comisión Jurídica y Técnica (“LTC”), el Consejo y la Asamblea. En primer lugar, LTC prepara borradores de RRP y el Consejo recomienda su adopción provisional. En segundo lugar, el Consejo considera y adopta tentativamente los RRP propuestos. En tercer lugar, los RRP son aprobados por la legislatura.

Un proceso similar pero diferente se aplica a las solicitudes de planes operativos para exploración y explotación sin la participación de la Asamblea. Si el LTC recomienda que el Consejo apruebe una solicitud, se requiere una decisión de una mayoría de dos tercios de los miembros del Consejo, incluida la mayoría de cada uno de los grupos del Consejo, para que no se apruebe.

La Autoridad adoptó por primera vez los reglamentos que rigen la exploración hace diez años y actualmente tiene 31 contratos de exploración vigentes. Sin embargo, la autoridad aún debe adoptar RRP para la explotación, a pesar de las largas deliberaciones que comenzaron en 2011.

Contexto legal para la sesión de julio de 2023

El Párrafo 15, Sección 1 del Anexo del Acuerdo de 1994 (“Párrafo 15”) requiere que la Autoridad adopte todos los PRR.Es fundamental facilitar la aprobación de los planes operativos de exploración y explotación“.

En relación con las actividades de explotación, la Autoridad podrá adoptar los RPP pertinentes:

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